INICIATIVA PUNTO DE ACUERDO PARA EXORTAR A LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA REALICE MAPA CINEGETICO Y REGULE LOS PERMISOS DE CAZA A TRAVES DE CINTILLOS DE IDENTIFICACION Y CAPACITE A LOS CUERPOS DE SEGURIDAD EN LA PRESERVACION DE LA BIODIVERSIDAD
H. CONGRESO DEL ESTADO
P R E S E N T E:
_________________________________________ en mi carácter de Diputado, de la Sexagésima Segunda Legislatura Constitucional del Estado de Chihuahua e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el párrafo I, del artículo 68 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, así como de los artículos 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, del Estado de Chihuahua, somete a consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa, iniciativa con carácter acuerdo, a efecto de solicitarle a la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología se sirva modificar la expedición y uso de los cintillos utilizados por los cazadores, así mismo se interese en instruir a los municipios que cuenten con actividad cinegética, para que estos capaciten a su personal de seguridad publica en la forma y uso de los cintillos y en la identificación de permisos de cacería, esto con el objeto de mejorar el rubro cinegético y al mismo tiempo cuidar la fauna silvestre, que permita frenar la practica de la cacería furtiva, haciendo de este deporte un desarrollo sustentable, lo anterior con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
I.- Por su ubicación geográfica, México tiene una gran riqueza natural con la que pocos países cuentan, y alberga varios de los ecosistemas mundialmente conocidos, además de una gran variedad de plantas y animales. Dichas características, permiten considerar a México entre los 5 países con mayor diversidad biológica en el mundo.
II.-No obstante a esta enorme riqueza natural, existen factores que han contribuido a que muchas especies mexicanas de vida silvestre desaparezcan o se encuentran en riesgo de extinción. Entre estos factores destaca, el avance de la frontera agrícola, ganadera y urbana, las formas irracionales de explotación agropecuaria y forestal, la introducción no ponderada de especies exóticas, enfermedades y plagas, la contaminación del suelo, aire y agua, las prácticas cinegéticas irresponsables y el tráfico ilegal de especies.
III.- Según informe de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología del Estado de Chihuahua algunas de las especies con las que cuenta nuestro Estado y que se encuentran en peligro de extinción son el Berrendo, Águila Real, Oso Negro y Bisonte Américo entre otras.
IV.- En consecuencia la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología en la temporada de cacería del año 2007 instalo en compañía de la PROFEPA (Procuraduría Federal de Protección al Ambiente) varios puntos de revisión, en diversos municipios del estado, con el fin de detectar cazadores furtivos, como el que instalo en el Municipio de Coyame, por mencionar alguno, ya que este municipio de actividad venatoria, cuenta con ranchos de aprovechamiento cinegético con extensiones polígononales de hasta once mil hectáreas como el Rancho el Murciélago que alberga cantidad y diversidad de especies de interés cinegético.
La labor de verificación realizada por la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología, debe de ser más estricta y de forma continúa y no solo los meses, cuando es temporada de cacería mayor, descuidando a las especies de caza menores, durante el resto del año, por ello es necesario, que para no poner en riesgo la vida silvestre y su habitad natural, la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología del Estado de Chihuahua, ponga en practica e imponga las atribuciones que le trasfirió el Gobierno Federal al Gobierno de Chihuahua, mediante el convenio de Asunción de Funciones en Materia de Vida Silvestre, celebrado por el Ejecutivo Federal, representado por el titular de la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y asistido por el Director General de Vida Silvestre y el Delegado Federal en el Estado, y por la otra parte el Ejecutivo Estatal representado por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, asistido por el Secretario General de Gobierno, Secretario de Finanzas y el Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología.
Tomando este convenio como base para el punto de acuerdo y;
CONSIDERANDO
Primero.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4º en su cuarto párrafo que dice:
“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar”;
Para disfrutar del derecho a un medio ambiente adecuado, es necesario que exista un equilibrio ecológico, y para alcanzar este equilibrio, es con el cuidado y la preservación de la vida silvestre con una correcta conservación sustentable de la biodiversidad.
El artículo 73, fracción XXIX G de nuestro máximo ordenamiento dice:
“Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico”
El objetivo de la política nacional en materia de vida silvestre y su hábitat, es su conservación mediante la protección y la exigencia de niveles óptimos de aprovechamiento sustentable, de modo que simultáneamente se logre mantener y promover la restauración de su diversidad e integridad, así como incrementar el bienestar de los habitantes del país, como lo establece el articulo 5º de La ley General de Vida Silvestre.
Segundo.- Con la base que nos da la Constitución Política de los Estados Mexicanos, en los artículos mencionados en el considerando anterior, y las facultades que otorgan los artículos 11 y 12 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y los artículos 11 y 12 de la Ley General de Vida Silvestre, como leyes reglamentarias de los artículos constitucionales, autorizan al Ejecutivo Federal a celebrar convenios con el Distrito Federal, Entidades Federativas, y los Municipios.
TERCERO. Para tener un manejo responsable de nuestros recursos naturales y del medio ambiente con una gestión eficiente, eficaz y sobre todo transparente el Gobierno del Estado de Chihuahua, realiza convenio con la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicado en el diario oficial de la federación el 27 de junio del año 2006 y vigente a partir del 1 de septiembre del 2006, convenio en el cual la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales le transfiere al Gobierno de Chihuahua las siguientes atribuciones:
* Autorizar, registrar y supervisar técnicamente el establecimiento de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre;
* Atender los asuntos relativos al manejo, control y remediación de problemas asociados a ejemplares y poblaciones que se tornen perjudiciales;
* Promover y aplicar las medidas relativas al trato digno y respetuoso de la fauna silvestre;
* Promover el establecimiento de las condiciones para el manejo de ejemplares fuera de su hábitat natural, de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley General de vida silvestre
* Promover el establecimiento de las condiciones necesarias para el desarrollo de mercados estatales para la vida silvestre, basados en criterios de sustentabilidad, para estimular el logro de los objetivos de la misma;
* Otorgar, suspender y modificar las autorizaciones, registros y demás actos administrativos vinculados al aprovechamiento de ejemplares de las especies poblaciones silvestres, al ejercicio de la caza deportiva y para la prestación de servicios de este tipo de aprovechamiento.
* Promover el desarrollo de proyectos, estudios y actividades encaminados a la educación, capacitación e investigación sobre la vida silvestre, para el desarrollo del conocimiento técnico y científico y el fomento de la utilización del conocimiento tradicional.
A C U E R D O
La Sexagésima Segunda Legislatura Constitucional del Estado de Chihuahua exhorta atentamente al titular de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología para que:
PRIMERO. Elabore mapa cinegético, que divida por región, rancho o municipio el área donde se practique la cacería, así mismo ordene la elaboración de cintillos de identificación de especie de caza, con las siguientes características
1) Franja de Color que identifique la región rancho o el municipio donde se realiza la cacería.
2) Nombre del Municipio, Región o Rancho que deberá ir inserto con letras visibles dentro de la franja del color que corresponda.
3) El cintillo deberá indicar todas las especificaciones, tales como
a) Numero de permiso
b) Pieza cinegética
c) Fecha de expedición y fecha de expiración.
d) los artículos de la ley que establecen y sancionan la cacería furtiva.
e) las multas.
f) demás características aplicables.
SEGUNDO. Gire oficio a todos los municipios, del estado para que estos en el ámbito de su competencia, entregada en el inciso g fracción XI del articulo 138 de la Constitución Política del Estado, elaboren programa de capacitación en materia de vida silvestre, que instruya a sus cuerpos policíacos, en la preservación de la especies de caza, en la identificación de cintillos y permisos cinegéticos, la detección de cazadores furtivos, sanciones, multas, penalidades, y remisión a autoridad competente.
ECONOMICO. Aprobado que sea túrnese a la secretaría para los efectos legales que correspondan.
ENTREGADO. En el recinto oficial del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua a los diez días del mes de junio de 2008.
A T E N T A M E N T E
DIP. __________________________________
Sexagésima Segunda Legislatura
H. CONGRESO DEL ESTADO
P R E S E N T E:
_________________________________________ en mi carácter de Diputado, de la Sexagésima Segunda Legislatura Constitucional del Estado de Chihuahua e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el párrafo I, del artículo 68 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, así como de los artículos 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, del Estado de Chihuahua, somete a consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa, iniciativa con carácter acuerdo, a efecto de solicitarle a la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología se sirva modificar la expedición y uso de los cintillos utilizados por los cazadores, así mismo se interese en instruir a los municipios que cuenten con actividad cinegética, para que estos capaciten a su personal de seguridad publica en la forma y uso de los cintillos y en la identificación de permisos de cacería, esto con el objeto de mejorar el rubro cinegético y al mismo tiempo cuidar la fauna silvestre, que permita frenar la practica de la cacería furtiva, haciendo de este deporte un desarrollo sustentable, lo anterior con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
I.- Por su ubicación geográfica, México tiene una gran riqueza natural con la que pocos países cuentan, y alberga varios de los ecosistemas mundialmente conocidos, además de una gran variedad de plantas y animales. Dichas características, permiten considerar a México entre los 5 países con mayor diversidad biológica en el mundo.
II.-No obstante a esta enorme riqueza natural, existen factores que han contribuido a que muchas especies mexicanas de vida silvestre desaparezcan o se encuentran en riesgo de extinción. Entre estos factores destaca, el avance de la frontera agrícola, ganadera y urbana, las formas irracionales de explotación agropecuaria y forestal, la introducción no ponderada de especies exóticas, enfermedades y plagas, la contaminación del suelo, aire y agua, las prácticas cinegéticas irresponsables y el tráfico ilegal de especies.
III.- Según informe de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología del Estado de Chihuahua algunas de las especies con las que cuenta nuestro Estado y que se encuentran en peligro de extinción son el Berrendo, Águila Real, Oso Negro y Bisonte Américo entre otras.
IV.- En consecuencia la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología en la temporada de cacería del año 2007 instalo en compañía de la PROFEPA (Procuraduría Federal de Protección al Ambiente) varios puntos de revisión, en diversos municipios del estado, con el fin de detectar cazadores furtivos, como el que instalo en el Municipio de Coyame, por mencionar alguno, ya que este municipio de actividad venatoria, cuenta con ranchos de aprovechamiento cinegético con extensiones polígononales de hasta once mil hectáreas como el Rancho el Murciélago que alberga cantidad y diversidad de especies de interés cinegético.
La labor de verificación realizada por la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología, debe de ser más estricta y de forma continúa y no solo los meses, cuando es temporada de cacería mayor, descuidando a las especies de caza menores, durante el resto del año, por ello es necesario, que para no poner en riesgo la vida silvestre y su habitad natural, la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología del Estado de Chihuahua, ponga en practica e imponga las atribuciones que le trasfirió el Gobierno Federal al Gobierno de Chihuahua, mediante el convenio de Asunción de Funciones en Materia de Vida Silvestre, celebrado por el Ejecutivo Federal, representado por el titular de la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y asistido por el Director General de Vida Silvestre y el Delegado Federal en el Estado, y por la otra parte el Ejecutivo Estatal representado por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, asistido por el Secretario General de Gobierno, Secretario de Finanzas y el Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología.
Tomando este convenio como base para el punto de acuerdo y;
CONSIDERANDO
Primero.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4º en su cuarto párrafo que dice:
“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar”;
Para disfrutar del derecho a un medio ambiente adecuado, es necesario que exista un equilibrio ecológico, y para alcanzar este equilibrio, es con el cuidado y la preservación de la vida silvestre con una correcta conservación sustentable de la biodiversidad.
El artículo 73, fracción XXIX G de nuestro máximo ordenamiento dice:
“Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico”
El objetivo de la política nacional en materia de vida silvestre y su hábitat, es su conservación mediante la protección y la exigencia de niveles óptimos de aprovechamiento sustentable, de modo que simultáneamente se logre mantener y promover la restauración de su diversidad e integridad, así como incrementar el bienestar de los habitantes del país, como lo establece el articulo 5º de La ley General de Vida Silvestre.
Segundo.- Con la base que nos da la Constitución Política de los Estados Mexicanos, en los artículos mencionados en el considerando anterior, y las facultades que otorgan los artículos 11 y 12 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y los artículos 11 y 12 de la Ley General de Vida Silvestre, como leyes reglamentarias de los artículos constitucionales, autorizan al Ejecutivo Federal a celebrar convenios con el Distrito Federal, Entidades Federativas, y los Municipios.
TERCERO. Para tener un manejo responsable de nuestros recursos naturales y del medio ambiente con una gestión eficiente, eficaz y sobre todo transparente el Gobierno del Estado de Chihuahua, realiza convenio con la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicado en el diario oficial de la federación el 27 de junio del año 2006 y vigente a partir del 1 de septiembre del 2006, convenio en el cual la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales le transfiere al Gobierno de Chihuahua las siguientes atribuciones:
* Autorizar, registrar y supervisar técnicamente el establecimiento de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre;
* Atender los asuntos relativos al manejo, control y remediación de problemas asociados a ejemplares y poblaciones que se tornen perjudiciales;
* Promover y aplicar las medidas relativas al trato digno y respetuoso de la fauna silvestre;
* Promover el establecimiento de las condiciones para el manejo de ejemplares fuera de su hábitat natural, de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley General de vida silvestre
* Promover el establecimiento de las condiciones necesarias para el desarrollo de mercados estatales para la vida silvestre, basados en criterios de sustentabilidad, para estimular el logro de los objetivos de la misma;
* Otorgar, suspender y modificar las autorizaciones, registros y demás actos administrativos vinculados al aprovechamiento de ejemplares de las especies poblaciones silvestres, al ejercicio de la caza deportiva y para la prestación de servicios de este tipo de aprovechamiento.
* Promover el desarrollo de proyectos, estudios y actividades encaminados a la educación, capacitación e investigación sobre la vida silvestre, para el desarrollo del conocimiento técnico y científico y el fomento de la utilización del conocimiento tradicional.
A C U E R D O
La Sexagésima Segunda Legislatura Constitucional del Estado de Chihuahua exhorta atentamente al titular de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología para que:
PRIMERO. Elabore mapa cinegético, que divida por región, rancho o municipio el área donde se practique la cacería, así mismo ordene la elaboración de cintillos de identificación de especie de caza, con las siguientes características
1) Franja de Color que identifique la región rancho o el municipio donde se realiza la cacería.
2) Nombre del Municipio, Región o Rancho que deberá ir inserto con letras visibles dentro de la franja del color que corresponda.
3) El cintillo deberá indicar todas las especificaciones, tales como
a) Numero de permiso
b) Pieza cinegética
c) Fecha de expedición y fecha de expiración.
d) los artículos de la ley que establecen y sancionan la cacería furtiva.
e) las multas.
f) demás características aplicables.
SEGUNDO. Gire oficio a todos los municipios, del estado para que estos en el ámbito de su competencia, entregada en el inciso g fracción XI del articulo 138 de la Constitución Política del Estado, elaboren programa de capacitación en materia de vida silvestre, que instruya a sus cuerpos policíacos, en la preservación de la especies de caza, en la identificación de cintillos y permisos cinegéticos, la detección de cazadores furtivos, sanciones, multas, penalidades, y remisión a autoridad competente.
ECONOMICO. Aprobado que sea túrnese a la secretaría para los efectos legales que correspondan.
ENTREGADO. En el recinto oficial del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua a los diez días del mes de junio de 2008.
A T E N T A M E N T E
DIP. __________________________________
Sexagésima Segunda Legislatura
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